Dicta IEE medidas cautelares contra promoción de Agatón
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó por unanimidad declarar procedente la adopción de medidas cautelares motivada por la denuncia interpuesta por Blas Ramos, en su carácter de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante ese instituto.
El PRI Baja California denunció a la funcionaria por la presunta comisión de hechos que constituyen promoción personalizada, difusión de propaganda gubernamental y del informe de labores fuera de los plazos legales y del territorio de su competencia. Las infracciones presuntamente transgreden los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.
El plazo legal para la difusión de mensajes relacionados con el informe, según la normativa electoral, fue del 2 al 14 de octubre de 2025, es decir, siete días antes y cinco días después de la fecha del informe.
Propaganda Extemporánea y Fuera de Competencia: Mediante una verificación in situ realizada el 22 de octubre de 2025, la Oficialía Electoral de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (Unidad) constató la existencia de un espectacular en Tijuana, Baja California, alusivo al «1 INFORME DE GOBIERNO 2025» de Claudia Agatón. Esto se considera fuera del plazo límite, al 14 de octubre, y del ámbito geográfico de responsabilidad de la servidora pública, que es el municipio de Ensenada.
El IEEBC determinó que, bajo la figura de la «apariencia del buen derecho» (fumus boni iuris), la difusión de la publicidad excedió el límite temporal y se realizó fuera de la ubicación geográfica de competencia, lo que constituye una probable transgresión a la normativa electoral.
En consecuencia, la Comisión ordenó a la Presidenta Municipal de Ensenada, Claudia Josefina Agatón Muñiz, para que: en un término de tres días hábiles, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para retirar la propaganda verificada; que retire toda la propaganda relacionada con su primer informe de labores que se encuentre ubicada en el Estado de Baja California y que deberá informar a la Unidad el cumplimiento de esta orden dentro de las veinticuatro horas siguientes.
Estatal
Reprueba víctima indirecta uso de presuntos falsos testimonios
Este martes se llevó a cabo otra audiencia del caso Amparito, referente a la muerte de una adulta mayor causada por una jauría propiedad de dos mujeres imputadas, madre e hija. En esa diligencia se escuchó el testimonio de ambas.
La víctima indirecta, la abogada Ana Lidia Soto, hija de Amparito, señaló molesta que las mujeres hicieron ver a su madre como una mujer en abandono y a ella como una mujer violenta por zarandear al nieto de una de las acusadas, acción que niega categóricamente.
También rechazó la afirmación de que “no le llegaron al precio” y que medio millón de pesos no les alcanzaría para intentar un acuerdo reparatorio. Las acusadas ofrecieron un testimonio de refutación para el viernes, mientras que a ella ya la liberaron como testigo, no dándole la oportunidad de rebatir la versión de las acusadas.
La abogada publicó un video en sus redes denunciando amenazas desde el primer día, y la revictimización que le hacen desde el sistema de justicia.
Estatal
El mal uso de las denuncias de violencia política también tienen consecuencias: experto
El abogado Antonio Sorela Castillo llamó a establecer un equilibrio entre la protección de las mujeres frente a la violencia política en razón de género y el respeto a la libertad de expresión y al ejercicio periodístico, al señalar que las denuncias sin fundamento también pueden tener consecuencias legales y afectar la vida profesional y personal de los comunicadores.
Durante el curso “La Actividad Periodística frente a la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género” Sorela Castillo, profesor de la Universidad Internacional de La Rioja, sostuvo que los procedimientos para atender este tipo de violencia no deben considerarse, por sí mismos, actos de censura, pues también buscan visibilizar las agresiones que enfrentan las mujeres después de conquistar espacios de participación política.
“Una cosa es que una mujer llegue y otra cosa es que pueda ejercer el cargo libremente de violencia”, expresó el especialista, al señalar que el objetivo de la legislación no debe limitarse a garantizar que las mujeres accedan a puestos públicos, sino que puedan gobernar, administrar un municipio, expresar sus opiniones e intervenir en las decisiones de un cabildo sin enfrentar agresiones.
Sin embargo, advirtió que estos mecanismos también pueden ser utilizados por personas que buscan deslegitimar el trabajo de los periodistas. Explicó que los procedimientos por violencia política en razón de género pueden iniciarse a petición de parte o de oficio, situación que, consideró, debe observarse para evitar que algunas personas pretendan asumir el papel de defensoras de las mujeres con el propósito de emprender acciones contra comunicadores.
“No es censura, es solamente regular que se tienen que hacer las cosas conforme a derecho”, afirmó.
Sorela Castillo sostuvo que el ejercicio periodístico debe realizarse con libertad, pero también con responsabilidad y respeto a los derechos de las mujeres. En ese sentido, señaló que las transformaciones sociales y legales obligan a revisar las prácticas tradicionales de la profesión para evitar que los contenidos periodísticos vulneren derechos.
El abogado explicó que, en materia electoral, existen dos vías para atender estos casos: la denuncia por un posible delito electoral y el procedimiento especial sancionador. Indicó que los periodistas deben conocer los procedimientos y las instancias legales correspondientes para defenderse cuando consideren que una denuncia en su contra carece de fundamento.
Detalló que, cuando exista una resolución definitiva que permita establecer que una denuncia fue falsa, el comunicador puede valorar acciones legales por la vía penal, conforme a lo previsto en el Código Penal de Baja California, así como una demanda civil por daños y perjuicios.
Entre los conceptos que podrían reclamarse mencionó el daño moral, los gastos legales, los daños materiales e inmateriales, el lucro cesante —correspondiente a los ingresos que se dejaron de percibir— y posibles medidas de restitución, de acuerdo con las circunstancias del caso y las determinaciones judiciales.
Mexicali
Toman padres de familia la Secundaria Técnica 32; exigen cubrir plazas docentes
Ante la falta de personal docente y administrativo, padres y madres de familia de la Escuela Secundaria Técnica número 32, ubicada en el fraccionamiento Villa Bonita, tomaron los accesos al plantel para exigir a las autoridades educativas una solución definitiva.
De acuerdo con Eduardo Salgado, padre de familia de la institución, la problemática se ha prolongado por más de dos años sin recibir una respuesta que permita garantizar la cobertura de las clases y las actividades escolares.
Entre las plazas pendientes se encuentran las correspondientes a las asignaturas de refrigeración, cómputo y educación física, además de la falta de un prefecto, situación que ha generado inconformidad entre las familias de los estudiantes.
Salgado señaló que la tarde del día anterior la escuela informó, a través de sus redes sociales, sobre la asignación de personal para atender las vacantes. Sin embargo, indicó que, según la información que recibió, únicamente se incorporaría un docente.
El padre de familia subrayó que la exigencia no se limita a la contratación de personal interino, sino a que las autoridades garanticen su permanencia en el plantel, pues, aseguró, en ocasiones los docentes dejan de recibir sus pagos y terminan por retirarse, lo que provoca que el problema se repita.
Ante esta situación, las familias mantienen su exigencia de que las autoridades educativas atiendan las vacantes pendientes y brinden una solución que permita regularizar las actividades escolares en beneficio de los alumnos.
Por su parte, la Secretaría de Educación, a través de ficha informativa, dijo que ya se está atendiendo el tema, y se enviaron las claves vacantes que había para asignación de DISICAMM.
«Así también, se validó para cubrir de manera interina, al docente que se encuentra en protocolo en la secundaria (el profesor que está a disposición)», precisaron.
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