Calendario escolar en México: facultad sin consulta
COLUMNA INVITADA/Por Guillermo E. Rivera Millán
La Secretaría de Educación Pública decidió recortar el calendario escolar. El problema no es solo la reducción de días, sino la forma en que se tomó la decisión: sin consulta, sin regionalización y sin escuchar a los actores sociales. Esa omisión convierte la medida en ilegítima y contraria al marco constitucional y legal que rige la educación en México.
El artículo 3 constitucional establece que los planes y programas de estudio deben elaborarse considerando la opinión de los gobiernos de los estados y de diversos actores sociales, atendiendo contextos regionales y locales. Este mandato superior obliga a que la educación sea democrática, equitativa, inclusiva y de excelencia. La Nueva Escuela Mexicana retoma este principio: las decisiones educativas deben responder a realidades concretas, no imponerse de manera uniforme.
En ese mismo sentido, el artículo 23 de la Ley General de Educación refuerza la obligación de escuchar a los estados, a la Ciudad de México y a los actores sociales, además de proyectos educativos que contemplen realidades regionales y locales. Incluso prevé la participación de maestras, maestros y estudiantes. Ignorar este mandato es omitir la voz institucional que equilibra las decisiones educativas.
El artículo 87 establece que el calendario escolar debe tener entre 185 y 200 días efectivos de clase. El artículo 88 señala que las suspensiones solo proceden en casos extraordinarios y siempre que se recuperen los días perdidos. El artículo 89 obliga a publicar cualquier ajuste en el Diario Oficial de la Federación. Y el artículo 170 tipifica como infracción suspender actividades en días no autorizados, salvo motivo justificado, caso fortuito o fuerza mayor. En otras palabras, la Ley prevé que solo una causa extraordinaria o de fuerza mayor puede justificar un recorte, siempre con recuperación de los días perdidos.
Los artículos 15 y 16 fijan los fines y criterios de la educación: desarrollo integral, respeto a la dignidad humana, igualdad sustantiva, equidad, inclusión y excelencia. Un recorte improvisado contradice estos principios, pues reduce el tiempo de aprendizaje, profundiza desigualdades y afecta especialmente a niñas, niños y mujeres trabajadoras.
Los argumentos oficiales para el recorte han sido el Mundial de futbol y las altas temperaturas. Sin embargo, ninguno cumple con la figura de “causa extraordinaria” prevista en la Ley. El Mundial es un evento deportivo sin relación con los fines educativos. El calor extremo, en cambio, es una condición recurrente e histórica, que exige infraestructura y planeación regionalizada. En las zonas donde las temperaturas representan un desafío real, los Consejos de Participación Social (CPS) deben jugar un papel fundamental para definir soluciones locales, considerando recursos, infraestructura y condiciones específicas. Solo así se atendería la regionalización que la Constitución y la Ley mandatan. De lo contrario, la medida carece de legitimidad.
La inconformidad social es amplia y legítima. COPARMEX señaló que la decisión es improvisada y afecta el aprendizaje y la organización laboral. El IMCO documentó que incrementa la carga de cuidados en las mujeres y profundiza brechas educativas. La CNDH advirtió que vulnera el interés superior de la niñez. La Unión Nacional de Padres de Familia la calificó como un golpe directo al derecho a la educación. La Alianza de Maestros A.C. cuestionó que contradice el discurso oficial de recuperación de aprendizajes. COPASE subrayó que la decisión podría afectar a los más vulnerables y pidió reactivar los CPS como órganos de colaboración escuela-comunidad.
Frente a ello, cada actor tiene un papel que cumplir. El gobierno federal debe planear con consulta y evidencia. Los estados pueden ejercer su autonomía educativa y justificar ajustes regionales. Los maestros y sindicatos deben defender que el esfuerzo pedagógico sea reconocido, protegido y acompañado de recursos. Los padres de familia tienen derecho a participar en los CPS y a presentar inconformidades. La sociedad civil puede recurrir a amparos e instrumentos de participación ciudadana para exigir certeza normativa. Los empresarios deben incidir en políticas públicas por su impacto en productividad. Todos, en conjunto, forman parte de la corresponsabilidad que la Ley reconoce como principio rector del sistema educativo.
El problema no es el recorte. Es la falta de planeación, de consulta y democratización en la toma de decisiones educativas. El artículo 3 constitucional y el artículo 23 de la Ley General de Educación obligan a escuchar a los estados, a los CPS y a los actores sociales, atendiendo la regionalización y los contextos reales de la Nueva Escuela Mexicana. La SEP tiene facultades, sí. Pero también obligaciones: justificar con evidencia técnica, abrir espacios de participación y garantizar el derecho a la educación.
La educación no se recorta por ocurrencia ni por coyuntura social o política. No basta con que se pongan de acuerdo los titulares de la educación de las entidades o que se pida una opinión aislada a un grupo de estudiantes. La educación se construye con consulta real y regionalizada, con democracia y con escucha. Esa es la verdadera legitimidad. La verdadera legitimidad no se juega en un estadio, se construye en un aula en conjunto con los actores sociales que participan. Y lo que está en disputa no es un trofeo, sino el futuro de nuestras infancias. Solo si cada actor asume su corresponsabilidad podremos garantizar que la educación tenga ruta y sea el verdadero triunfo nacional.
- * Director general del despacho De la Peña y Rivera S.C.
Fundador de Justicia que Transforma México A.C.
Estatal
Reprueba víctima indirecta uso de presuntos falsos testimonios
Este martes se llevó a cabo otra audiencia del caso Amparito, referente a la muerte de una adulta mayor causada por una jauría propiedad de dos mujeres imputadas, madre e hija. En esa diligencia se escuchó el testimonio de ambas.
La víctima indirecta, la abogada Ana Lidia Soto, hija de Amparito, señaló molesta que las mujeres hicieron ver a su madre como una mujer en abandono y a ella como una mujer violenta por zarandear al nieto de una de las acusadas, acción que niega categóricamente.
También rechazó la afirmación de que “no le llegaron al precio” y que medio millón de pesos no les alcanzaría para intentar un acuerdo reparatorio. Las acusadas ofrecieron un testimonio de refutación para el viernes, mientras que a ella ya la liberaron como testigo, no dándole la oportunidad de rebatir la versión de las acusadas.
La abogada publicó un video en sus redes denunciando amenazas desde el primer día, y la revictimización que le hacen desde el sistema de justicia.
Estatal
El mal uso de las denuncias de violencia política también tienen consecuencias: experto
El abogado Antonio Sorela Castillo llamó a establecer un equilibrio entre la protección de las mujeres frente a la violencia política en razón de género y el respeto a la libertad de expresión y al ejercicio periodístico, al señalar que las denuncias sin fundamento también pueden tener consecuencias legales y afectar la vida profesional y personal de los comunicadores.
Durante el curso “La Actividad Periodística frente a la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género” Sorela Castillo, profesor de la Universidad Internacional de La Rioja, sostuvo que los procedimientos para atender este tipo de violencia no deben considerarse, por sí mismos, actos de censura, pues también buscan visibilizar las agresiones que enfrentan las mujeres después de conquistar espacios de participación política.
“Una cosa es que una mujer llegue y otra cosa es que pueda ejercer el cargo libremente de violencia”, expresó el especialista, al señalar que el objetivo de la legislación no debe limitarse a garantizar que las mujeres accedan a puestos públicos, sino que puedan gobernar, administrar un municipio, expresar sus opiniones e intervenir en las decisiones de un cabildo sin enfrentar agresiones.
Sin embargo, advirtió que estos mecanismos también pueden ser utilizados por personas que buscan deslegitimar el trabajo de los periodistas. Explicó que los procedimientos por violencia política en razón de género pueden iniciarse a petición de parte o de oficio, situación que, consideró, debe observarse para evitar que algunas personas pretendan asumir el papel de defensoras de las mujeres con el propósito de emprender acciones contra comunicadores.
“No es censura, es solamente regular que se tienen que hacer las cosas conforme a derecho”, afirmó.
Sorela Castillo sostuvo que el ejercicio periodístico debe realizarse con libertad, pero también con responsabilidad y respeto a los derechos de las mujeres. En ese sentido, señaló que las transformaciones sociales y legales obligan a revisar las prácticas tradicionales de la profesión para evitar que los contenidos periodísticos vulneren derechos.
El abogado explicó que, en materia electoral, existen dos vías para atender estos casos: la denuncia por un posible delito electoral y el procedimiento especial sancionador. Indicó que los periodistas deben conocer los procedimientos y las instancias legales correspondientes para defenderse cuando consideren que una denuncia en su contra carece de fundamento.
Detalló que, cuando exista una resolución definitiva que permita establecer que una denuncia fue falsa, el comunicador puede valorar acciones legales por la vía penal, conforme a lo previsto en el Código Penal de Baja California, así como una demanda civil por daños y perjuicios.
Entre los conceptos que podrían reclamarse mencionó el daño moral, los gastos legales, los daños materiales e inmateriales, el lucro cesante —correspondiente a los ingresos que se dejaron de percibir— y posibles medidas de restitución, de acuerdo con las circunstancias del caso y las determinaciones judiciales.
Mexicali
Toman padres de familia la Secundaria Técnica 32; exigen cubrir plazas docentes
Ante la falta de personal docente y administrativo, padres y madres de familia de la Escuela Secundaria Técnica número 32, ubicada en el fraccionamiento Villa Bonita, tomaron los accesos al plantel para exigir a las autoridades educativas una solución definitiva.
De acuerdo con Eduardo Salgado, padre de familia de la institución, la problemática se ha prolongado por más de dos años sin recibir una respuesta que permita garantizar la cobertura de las clases y las actividades escolares.
Entre las plazas pendientes se encuentran las correspondientes a las asignaturas de refrigeración, cómputo y educación física, además de la falta de un prefecto, situación que ha generado inconformidad entre las familias de los estudiantes.
Salgado señaló que la tarde del día anterior la escuela informó, a través de sus redes sociales, sobre la asignación de personal para atender las vacantes. Sin embargo, indicó que, según la información que recibió, únicamente se incorporaría un docente.
El padre de familia subrayó que la exigencia no se limita a la contratación de personal interino, sino a que las autoridades garanticen su permanencia en el plantel, pues, aseguró, en ocasiones los docentes dejan de recibir sus pagos y terminan por retirarse, lo que provoca que el problema se repita.
Ante esta situación, las familias mantienen su exigencia de que las autoridades educativas atiendan las vacantes pendientes y brinden una solución que permita regularizar las actividades escolares en beneficio de los alumnos.
Por su parte, la Secretaría de Educación, a través de ficha informativa, dijo que ya se está atendiendo el tema, y se enviaron las claves vacantes que había para asignación de DISICAMM.
«Así también, se validó para cubrir de manera interina, al docente que se encuentra en protocolo en la secundaria (el profesor que está a disposición)», precisaron.
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