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Denuncian discriminación y omisión de cuidados en guardería

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Discriminación y omisión de cuidados denuncia la señora Laura Rocío Aguilar en contra de su hijo de dos años, cometidos por personal de un Centro de Atención Integral (CAI) de la colonia Constituyentes en Mexicali.

La quejosa señala a la doctora Claudia Guadalupe Cabrales Dorantes, a la maestra titular Melany Vásquez Vargas y a la directora de la estancia María del Carmen Villar Santa Cruz como responsables (inocentes hasta que no se demuestre lo contrario).

El pequeño sufre de alergias a diferentes alimentos, sustentado con dictámenes médicos de pediatras y alergólogos. En ellos se establece qué alimentos podía consumir y a los que tenía restricción.

“Sin embargo para la médica de la estancia nunca eran suficientes, constantemente en la estancia me pedían que volviera a llevar al niño al doctor porque las recetas a su parecer no eran claras, pareciera que buscaban cualquier pretexto para negarle la alimentación a mi hijo”, manifestó la madre del niño.

Además, cuando la estancia infantil daba algún alimento para el que el menor tenía restricción, le solicitaban llevar su propia comida, a lo cual ella accedía a pesar de que por reglamento es obligación de la estancia cubrir esa situación.

En octubre pasado se le negó alimentación del menú del CAI por completo, tras tener una reacción alérgica a la calabaza, lo cual era la primera vez que ocurría. Esta decisión fue tomada por la doctora del lugar y respaldada por la directora, contó Aguilar.

El ánimo del niño por asistir al CAI ha ido en decaimiento, explicó su madre. “Observamos conductas en él, que en casa no presenta, de ser un niño feliz, nos reportan que se muerde las uñas dentro del centro e incluso ha salido ahogado llorando cuando lo recogen de la institución… Además, nos hemos encontrado con falta de higiene por parte de la docente al entregar al niño cuando tiene accidentes a la hora de control de esfínteres y literalmente nos ha dicho, tienen que bañarlo por las evacuaciones, (resalto nuevamente que el niño tiene 2 años) ya que aquí no los podemos asear porque no contamos con cambiador, lo cual nos sorprendió ya que el niño pasa alrededor de siete horas en la institución”, apuntó.

El artículo 9° del manual para la organización y el funcionamiento de los Centros de Atención Infantil, señala que niñas y niños tienen derecho a recibir los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto a sus derechos, identidad de individualidad, con el fin de garantizar el interés superior de la niñez.

Asimismo, “el manual para la organización y el funcionamiento de los Centros de Atención Infantil”, en el apartado introducción, con respecto al artículo tercero menciona como los infantes de educación inicial son considerados como población vulnerable. Así como del derecho a la igualdad sustantiva, es decir el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

El artículo 10° (Manual para la organización y el funcionamiento de los Centros de Atención Infantil”) indica que los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil deben ofrecerse sin discriminación de ningún tipo en los términos de lo dispuesto por el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anterior, presentó una queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) en febrero y este mes le acaban de informar que analizaron el caso y no se cometió violación a los derechos humanos del niño, decisión con la cual está en desacuerdo.

Puntos que presentó el menor tras su paso por el CAI, asentados en el protocolo de protección integral escolar de BC en el apartado 11.2 Maltrato escolar.
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Estatal

Reprueba víctima indirecta uso de presuntos falsos testimonios

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Este martes se llevó a cabo otra audiencia del caso Amparito, referente a la muerte de una adulta mayor causada por una jauría propiedad de dos mujeres imputadas, madre e hija. En esa diligencia se escuchó el testimonio de ambas.

La víctima indirecta, la abogada Ana Lidia Soto, hija de Amparito, señaló molesta que las mujeres hicieron ver a su madre como una mujer en abandono y a ella como una mujer violenta por zarandear al nieto de una de las acusadas, acción que niega categóricamente.

También rechazó la afirmación de que “no le llegaron al precio” y que medio millón de pesos no les alcanzaría para intentar un acuerdo reparatorio. Las acusadas ofrecieron un testimonio de refutación para el viernes, mientras que a ella ya la liberaron como testigo, no dándole la oportunidad de rebatir la versión de las acusadas.

La abogada publicó un video en sus redes denunciando amenazas desde el primer día, y la revictimización que le hacen desde el sistema de justicia.

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Estatal

El mal uso de las denuncias de violencia política también tienen consecuencias: experto

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El abogado Antonio Sorela Castillo llamó a establecer un equilibrio entre la protección de las mujeres frente a la violencia política en razón de género y el respeto a la libertad de expresión y al ejercicio periodístico, al señalar que las denuncias sin fundamento también pueden tener consecuencias legales y afectar la vida profesional y personal de los comunicadores.

Durante el curso “La Actividad Periodística frente a la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género” Sorela Castillo, profesor de la Universidad Internacional de La Rioja, sostuvo que los procedimientos para atender este tipo de violencia no deben considerarse, por sí mismos, actos de censura, pues también buscan visibilizar las agresiones que enfrentan las mujeres después de conquistar espacios de participación política.

“Una cosa es que una mujer llegue y otra cosa es que pueda ejercer el cargo libremente de violencia”, expresó el especialista, al señalar que el objetivo de la legislación no debe limitarse a garantizar que las mujeres accedan a puestos públicos, sino que puedan gobernar, administrar un municipio, expresar sus opiniones e intervenir en las decisiones de un cabildo sin enfrentar agresiones.

Sin embargo, advirtió que estos mecanismos también pueden ser utilizados por personas que buscan deslegitimar el trabajo de los periodistas. Explicó que los procedimientos por violencia política en razón de género pueden iniciarse a petición de parte o de oficio, situación que, consideró, debe observarse para evitar que algunas personas pretendan asumir el papel de defensoras de las mujeres con el propósito de emprender acciones contra comunicadores.

“No es censura, es solamente regular que se tienen que hacer las cosas conforme a derecho”, afirmó.

Sorela Castillo sostuvo que el ejercicio periodístico debe realizarse con libertad, pero también con responsabilidad y respeto a los derechos de las mujeres. En ese sentido, señaló que las transformaciones sociales y legales obligan a revisar las prácticas tradicionales de la profesión para evitar que los contenidos periodísticos vulneren derechos.

El abogado explicó que, en materia electoral, existen dos vías para atender estos casos: la denuncia por un posible delito electoral y el procedimiento especial sancionador. Indicó que los periodistas deben conocer los procedimientos y las instancias legales correspondientes para defenderse cuando consideren que una denuncia en su contra carece de fundamento.

Detalló que, cuando exista una resolución definitiva que permita establecer que una denuncia fue falsa, el comunicador puede valorar acciones legales por la vía penal, conforme a lo previsto en el Código Penal de Baja California, así como una demanda civil por daños y perjuicios.

Entre los conceptos que podrían reclamarse mencionó el daño moral, los gastos legales, los daños materiales e inmateriales, el lucro cesante —correspondiente a los ingresos que se dejaron de percibir— y posibles medidas de restitución, de acuerdo con las circunstancias del caso y las determinaciones judiciales.

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Mexicali

Toman padres de familia la Secundaria Técnica 32; exigen cubrir plazas docentes

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Ante la falta de personal docente y administrativo, padres y madres de familia de la Escuela Secundaria Técnica número 32, ubicada en el fraccionamiento Villa Bonita, tomaron los accesos al plantel para exigir a las autoridades educativas una solución definitiva.

De acuerdo con Eduardo Salgado, padre de familia de la institución, la problemática se ha prolongado por más de dos años sin recibir una respuesta que permita garantizar la cobertura de las clases y las actividades escolares.

Entre las plazas pendientes se encuentran las correspondientes a las asignaturas de refrigeración, cómputo y educación física, además de la falta de un prefecto, situación que ha generado inconformidad entre las familias de los estudiantes.

Salgado señaló que la tarde del día anterior la escuela informó, a través de sus redes sociales, sobre la asignación de personal para atender las vacantes. Sin embargo, indicó que, según la información que recibió, únicamente se incorporaría un docente.

El padre de familia subrayó que la exigencia no se limita a la contratación de personal interino, sino a que las autoridades garanticen su permanencia en el plantel, pues, aseguró, en ocasiones los docentes dejan de recibir sus pagos y terminan por retirarse, lo que provoca que el problema se repita.

Ante esta situación, las familias mantienen su exigencia de que las autoridades educativas atiendan las vacantes pendientes y brinden una solución que permita regularizar las actividades escolares en beneficio de los alumnos.

Por su parte, la Secretaría de Educación, a través de ficha informativa, dijo que ya se está atendiendo el tema, y se enviaron las claves vacantes que había para asignación de DISICAMM.

«Así también, se validó para cubrir de manera interina, al docente que se encuentra en protocolo en la secundaria (el profesor que está a disposición)», precisaron.

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